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EL “EXITOSO” DIVORCIO EXPRESS

Categoría: Jurídico — JSendra @ 05/12/06 11:32 AM

Las rupturas matrimoniales amistosas se incrementaron en 2005 un 80,93% respecto al año anterior, mientras que los divorcios no consensuados un 70,32%, según revela un informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre el impacto que ha tenido la reforma del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de Separación y Divorcio, conocida como ley del divorcio Express, los dos primeros trimestres desde su entrada en vigor sobre los matrimonios españoles.El informe del máximo organo de gobierno de los jueces, pone de manifiesto que la modificación legal ha propiciado un considerable aumento de los divorcios acompañado de una reducción de las separaciones, las cuales han disminuido un 35%, en el caso de las consensuadas, y un 27,42%, en las no amistosas.

Según el CGPJ, la nueva ley tiene un efecto de “animar” a resolver estos conflictos, puesto que “el proceso para la obtención de la disolución del matrimonio se ve facilitado por la normativa al ser más rápido y directo para el divorcio sin la necesidad de la espera previa de la separación como anteriormente”.

Ahora es mas sencillo y mas rápido.

La Ley del Divorcio Express, establece, entre otras cuestiones, que basta que uno de los cónyuges quiera poner fin a la continuación de su relación matrimonial para que demande el divorcio, sin que la otra parte pueda oponerse por motivos materiales y sin que el juez lo pueda rechazar. Existe también la posibilidad de que ambos soliciten conjuntamente la separación o el divorcio, en este caso el trámite coincide con el que regía hasta ahora.

Una tintorería condenada a indemnizar con 3.620 euros a un cliente por estropear su vestido de novia

Categoría: Jurídico — JSendra @ 04/26/06 5:41 PM

La sección séptima de la Audiencia de Valencia ha condenado al propietario de una tintorería de Aldaia a indemnizar con 3.620 euros por daños morales y materiales a una mujer a la que estropearon su vestido de novia porque lo lavaron en agua y con detergentes inadecuados. La sala considera que perder el traje de boda «a consecuencia de una negligencia profesional, puede causar un impacto emocional que debe ser valorado» y señala que no es infrecuente la costumbre de conservarlo como un recuerdo.
El tribunal estima de esta forma el recurso de apelación interpuesto por la afectada contra la sentencia del juzgado de primera instancia número 6 de Torrent , que estimó parcialmente la demanda presentada por la novia y condenó al dueño del establecimiento a pagarle 973 euros de indemnización. La novia recurrió esta decisión al entender que no se valoró como correspondía la prueba practicada para cuantificar los daños y perjuicios y pedía un total de 4.530 euros por el valor material del vestido y los daños morales, que fijaba en 2.410 y 2.120 euros respectivamente. 
 

 

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